Inicio Covid-19 Orientaciones Litúrgicas para reanudar el culto religioso en tiempo de pandemia

Orientaciones Litúrgicas para reanudar el culto religioso en tiempo de pandemia

Padre Mario Manríquez.- La semana pasada compartíamos algunas de las orientaciones de la conferencia del Episcopado Mexicano para la reapertura del culto religioso en tiempo de pandemia. Hoy hablaremos del Sacramento de la confesión dentro de las “orientaciones litúrgicas para la reapertura del culto religioso en tiempo de pandemia”, es decir lo que es directamente litúrgico.

Y empezamos hoy por lo más urgente de comunicar ya que es algo por lo que pregunta la gente. ¿Cómo será la confesión cuando ya se reanude de forma habitual aún dentro del tiempo de la pandemia? Primero hay que decir que para que sea de manera regular, hay que esperar las indicaciones del Sector Salud y en base a ello se determinará cuándo es pertinente que se retome la celebración, no solo de este, sino de todos los sacramentos. Dicho lo cual, comparto con ustedes lo que dicen los obispos en términos litúrgicos sobre la confesión en tiempo post de pandemia. Los cuidados qué hay que tener y las directrices qué hay que seguir.

“En efecto, la Liturgia, por cuyo medio «se ejerce la obra de nuestra Redención», sobre todo en el divino sacrificio de la Eucaristía, contribuye en sumo grado a que los fieles expresen en su vida, y manifiesten a los demás, el misterio de Cristo y la naturaleza auténtica de la verdadera Iglesia” (SC 2) y dado que “toda celebración litúrgica, por ser obra de Cristo sacerdote y de su Cuerpo, que es la Iglesia, es acción sagrada por excelencia, cuya eficacia, con el mismo título y en el mismo grado, no la iguala ninguna otra acción de la Iglesia” (SC 7), es importante proporcionar algunas Orientaciones que puedan guiar el modo en que paulatinamente se reanude la normalidad en la celebración del Misterio Pascual en las acciones litúrgicas, una vez que se ha superado la parte más crítica de la emergencia sanitaria por SARS-CoV-2.

Observaciones generales

Será importante prever que la asistencia de los fieles se mantenga en un aforo de no más de la tercera parte de la capacidad de la iglesia, de modo que puedan observarse las medidas sanitarias, particularmente la de la distancia de al menos 1.5 m, lo mismo que el uso mínimo de cubrebocas, además de caretas protectoras y guantes (nitrilo o vinil).

En cuanto a las celebraciones dominicales, convendrá que el Obispo diocesano continúe con la dispensa del precepto dominical, hasta que la situación no se normalice y sea posible la asistencia de todos los fieles a las celebraciones dominicales principalmente.

Para la atención en centros hospitalarios, así como a enfermos graves o confirmados con Covid-19, incluido los cuidados funerarios, obsérvense las indicaciones emanadas y ya dadas por la CEM.

Penitencia

Reconciliación de un solo penitente mediante confesión y absolución individuales:

El lugar sea ventilado y fuera del confesionario.

Obsérvese una distancia adecuada entre confesor y penitente (1.5 m aproximadamente).

Al menos el confesor utilice cubrebocas y careta protectora.

Absolución general

Cada Obispo diocesano dará las indicaciones pertinentes. Se considera que se dé la absolución general en los casos de grave necesidad y en relación con el nivel de contagio, recordando para ello, tanto a los pastores como a los fieles, la doctrina católica a este respecto.

Cualquier especificación además de lo establecido en el Código de Derecho Canónico (cf. cc. 960, 961 §§ 1 y 2), la Penitenciaría Apostólica la delega según el derecho a los obispos diocesanos, teniendo siempre en cuenta el bien supremo de la salvación de las almas (cf. CIC, c. 1752).

En caso de que surja la necesidad repentina de impartir la absolución sacramental a varios fieles juntos, el sacerdote está obligado a avisar, en la medida de lo posible, al obispo diocesano o, si no puede, a informarle cuanto antes (cf. Ritual de la Penitencia, n. 32).

Uso de medios digitales a distancia

Se recuerda que no es posible administrar el sacramento de la Penitencia, al igual que los demás Sacramentos, por medios digitales y/o electrónicos.

Para quienes no pueden asistir a confesarse:

También se recuerda la doctrina católica: “Cuando brota del amor de Dios amado sobre todas las cosas, la contrición se llama ‘contrición perfecta’ (contrición de caridad). Semejante contrición perdona las faltas veniales; obtiene también el perdón de los pecados mortales, si comprende la firme resolución de recurrir tan pronto sea posible a la confesión sacramental (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1452; cf. Concilio de Trento: DS 1677)”.

Por lo tanto, será muy importante hacer del conocimiento de todos los fieles, iniciando por los pastores, que, especialmente en las actuales circunstancias, aquellos fieles que se vean impedidos de acercarse a la Penitencia sacramental puedan hacer un acto explícito de contrición, expresando su sincera petición de perdón ante Dios, con el firme propósito de recurrir en cuanto sea posible a la confesión sacramental, y obtener así el perdón de los pecados, incluso mortales. (v. gr. Señor mío, Jesucristo, Dios y hombre verdadero, me pesa de todo corazón haberte ofendido; propongo firmemente nunca más pecar, apartarme de todas las ocasiones de pecado, confesarme y cumplir la penitencia. Te ofrezco, Señor, mi vida, obras y trabajos en satisfacción de todos mis pecados.  Amén).

¡Dios bendijo a Ciudad Juárez!

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