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IEE aprueba lineamientos para la constitución y registro de partidos políticos locales

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IEE aprueba lineamientos para la constitución y registro de partidos políticos locales

El Consejo Estatal del Instituto Estatal electoral (IEE) en su 67ª Sesión Extraordinaria aprobó, por unanimidad, los lineamientos para la constitución y registro de partidos políticos locales. El acuerdo aprobado se remite a la Ley General de Partidos Políticos, que para el caso de las organizaciones de ciudadanos que pretendan constituirse en partido político local, exige acreditar una serie de requisitos, entre los cuáles están:

La celebración, en por lo menos en dos terceras partes de los distritos electorales locales, o bien, de los municipios, de una asamblea en presencia de un funcionario del Organismo Público Local competente, quien certificará:

El número de afiliados que concurrieron y participaron en las asambleas, que en ningún caso podrá ser menor del 0.26% del padrón electoral del distrito, Municipio o demarcación, según sea el caso. Las listas de afiliados, con el nombre, los apellidos, domicilio, clave y folio de la credencial para votar; En la realización de las asambleas no existió intervención de organizaciones gremiales o de otras con objeto social diferente al de constituir el partido político. La celebración de una asamblea local constitutiva ante la presencia del funcionario designado por el Organismo Público Local competente, quien certificará:

Que asistieron los delegados propietarios o suplentes, elegidos en las asambleas distritales, municipales; Que los delegados aprobaron la declaración de principios, programa de acción y estatutos; Que se presentaron las listas de afiliados con los demás ciudadanos con que cuenta la organización en la entidad federativa, con el objeto de satisfacer el requisito del porcentaje mínimo exigido por esa Ley. Una vez realizados los actos relativos al procedimiento de constitución de un partido, la organización interesada presentará la documentación en el mes de enero del año anterior al de la siguiente elección ante el IEE. Como parte de lineamientos, se aprobó el uso de la aplicación informática para el procedimiento de verificación de personas afiliadas a dicha organización, desarrollado por el Instituto Nacional Electoral (INE).

La aplicación móvil para recaudación de apoyo ciudadano consiste en:

Acceso a la aplicación.

Captura de la fotografía del original de la credencial para votar (anverso y reverso) emitida por el INE a favor de la persona ciudadana que hace su manifestación formal de afiliación

Recaba la firma de la persona ciudadana.

Envío de la información capturada. De igual forma, se aprobó el régimen de excepción aplicable para el uso de la aplicación móvil en los municipios de Balleza, Batopilas de Manuel Gómez Morín, Carichí, Chínipas Guachochi, Guadalupe y Calvo, Guazapares, Maguarichi, Morelos, Urique, Uruachi. En estas localidades, la verificación de las personas afiliadas podrá realizarse en físico, con el uso de formatos en papel.

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