Raúl Ruiz.- En mi columna anterior, les di a conocer la fisura que trae el proyecto BRT2 y por qué no arranca. Largas y largas.
Le reitero a usted que hay un acta de fallo adjudicatorio del concurso de licitación de concesión, signado y registrado bajo el número: SDUE/DT/DTJ/3/2021, de fecha 2 de julio de 2021, en el cual se concesionan 352 unidades a empresarios que ganaron más de 70, 51, 40, 14, concesiones. Peeeero…
El documento dice una cosa y la realidad otra. ¿Por qué? Porque la autoridad omitió algunas obviedades y se atoró todo.
Primero: la Ley de transporte cita en el artículo 80, que los interesados a obtener la concesión, deberán demostrar su capacidad
– TECNICA
– ECONÓMICA
– MANIFESTAR CAPACIDAD…
Y, esto ¡nunca se dio a lugar!
Segundo: Por otro lado, debemos considerar la parte relativa a la responsabilidad civil objetiva que le corresponde a la autoridad, ya que debiendo haber considerado todas las obligaciones que le nacen, tanto los responsables de la Subsecretaría y la Dirección de Transporte, a la vez que los concesionarios. Ninguno hizo nada. Uno por no querer (Transporte Público) y los otros por no poder (los concesionarios). ¡Nomamespancho!
¿Qué falta en la ecuación? Voluntad y lana.
Como lo dije ya en la pieza anterior, hay un inversionista que puede meterle mil o mil quinientos millones al proyecto, si la autoridad hace las cosas correctamente. Si se siguen mintiendo y nos siguen mintiendo, a partir del 11 de mayo, las nuevas unidades rodarán con llantas “ponchadas”, pues como se aprecia en el documento en mención, están fuera de norma.
Deben ser vehículos eléctricos y no de diésel. Ups.