Aída María Holguín Baeza.- En el marco del Día Mundial de la Propiedad Intelectual, impulsado por la OMPI, la invitación no es solo a celebrar la innovación, sino a cuestionar sus límites en un contexto donde la creatividad se redefine al ritmo de la tecnología.
Hoy, ese debate encuentra un punto crítico en la inteligencia artificial, como lo expone la experta en propiedad intelectual e innovación, Seemantani Sharma, al cuestionar si una máquina puede ser autora.
La respuesta, por ahora, parece inclinarse hacia la defensa de lo humano. En este marco, Sharma subraya que la creatividad no es solo resultado, sino experiencia, intención y conciencia. Y es que, si bien la IA puede producir imágenes, textos o incluso avances científicos, carece de ese “núcleo vivencial” —esencia de lo humano— que históricamente ha justificado la propiedad intelectual. En la IA no hay “yo”, ni intención moral; solo hay cálculo.
En definitiva, el debate no es abstracto. Un caso reciente en México ilustra esta tensión: una persona intentó registrar ante el INDAUTOR un avatar generado mediante IA, solicitando además el reconocimiento de derechos para él y la empresa desarrolladora.
El punto central es que la solicitud fue desechada por no tratarse de una creación humana, criterio que fue confirmado por el TFJA y, finalmente, por la SCJN, que no solo respaldó la legislación vigente, sino que elevó el argumento al plano constitucional al afirmar que la protección creativa es un derecho humano intrínsecamente ligado a la persona (autor).
En casos como este, emerge una tensión clave. Por un lado, la OMPI promueve un sistema equilibrado que incentive la innovación y recompense la creatividad. Por otro, decisiones como la de la SCJN parecen cerrar la puerta a reconocer valor jurídico a productos donde la intervención humana es difusa y plantea un desafío para el reconocimiento de nuevas formas de creación.
Flexibilizar el concepto de autoría tampoco es trivial. Como advierte Sharma, otorgar derechos a sistemas no conscientes diluiría la responsabilidad y el sentido de la creatividad. La solución, entonces, no es equiparar máquinas con personas, sino repensar los marcos legales para reconocer la colaboración humano-IA sin perder el eje en la dignidad y autonomía humanas.
En última instancia, el debate no es técnico, sino filosófico. La propiedad intelectual refleja cómo entendemos la creación. Hoy, frente a máquinas que imitan lo humano, el desafío no es redefinir a la máquina como autora, sino reafirmar el valor de la creatividad humana como fundamento de la innovación. Sostener ese vínculo entre creación, conciencia y persona no es una limitación, sino una decisión necesaria para preservar el sentido de la autoría y del orden jurídico.
En ese contexto y a modo de consideración final, cabe recordar lo dicho por la filósofa y científica cognitiva británica Margaret Boden: “Las computadoras pueden ser creativas, pero su creatividad depende de los humanos que las diseñan”.
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