México- El pleno del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad modificaciones a las Reglas Generales Aplicables al Procedimiento de Liquidación de los Partidos Políticos Nacionales que no obtengan el porcentaje mínimo de la votación establecido en la ley para conservar su registro.
Durante sesión extraordinaria semipresencial, los consejeros aprobaron establecer salvedades en cuanto al tiempo de los contratos que celebren los interventores de los partidos en liquidación, que no podían exceder de un año para la etapa de prevención, comprendida a partir de que los cómputos evidencien que un partido no obtuvo el tres por ciento de la votación hasta que la declaratoria de pérdida de registro quede firme.
Basado en estas modificaciones, el Interventor podrá continuar en su encargo de liquidador con las mismas obligaciones sin que se requiera prórroga o convenio modificatorio del contrato ni que ello implique de forma alguna un pago adicional de honorarios, toda vez que los mismos deben pactarse por la realización de la totalidad de las actividades relativas a cada una de las etapas del proceso de liquidación incluyendo su conclusión.
Por tal razón, en caso de exceder un año la vigencia del contrato de los interventores, el 60 por ciento del pago se dividirá en 12 mensualidades y el 40 por ciento restante se cubrirá una vez concluida la totalidad de las actividades de la liquidación.
Juárez Hoy