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Invalidan Ley para Atención de Personas con Síndrome de Down

MÉXICO- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Ley para la Atención Integral de las Personas con Síndrome de Down de la Ciudad de México.

En sesión remota por videoconferencia, el Pleno decidió que el proceso legislativo para aprobar la ley no se llevó a cabo con una consulta real, accesible y con participación efectiva a personas con discapacidad, ni a las asociaciones que las representan, lo cual resulta violatorio del Artículo cuatro, apartado 3, de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Dicha Convención establece que en la elaboración y aplicación de legislación y políticas que afecten a personas con discapacidad los Estados Partes deben celebrar consultas estrechas y colaborar activamente con las personas con discapacidad a través de las organizaciones que las representan, la cual, como se señaló, no existió en el caso de Ciudad de México.

La invalidez de la ley surtirá efectos 180 días después de la publicación de la ejecutoria en el Diario Oficial de la Federación, con objeto de que no se prive a las personas con discapacidad de los efectos benéficos que pudiera tener la norma.

Notimex

 

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