Inicio ASI ES CUANTO El Congreso de Chihuahua ante la Reforma Judicial

El Congreso de Chihuahua ante la Reforma Judicial

Lic. Maclovio Murillo.- En cumplimiento a las reformas constitucionales que entraron en vigor el pasado 16 de septiembre de 2024, las legislaturas de cada una de los treinta y un estados y la de la Ciudad de México que integran el pacto federal mexicano, dentro de un plazo límite de ciento ochenta días, tienen el deber de reformar sus constituciones locales y leyes secundarias respectivas, con el propósito de armonizarlas con las nuevas disposiciones en materia judicial, entre las que destacan aquellas con la implicación de dejar insubsistentes los nombramientos de jueces y magistrados locales para someter a  quienes deseen continuar en el cargo, a un proceso de elección a través del voto popular, en el cual deben salir triunfadores para estar en condiciones de seguir ejerciendo el cargo de juzgadores, no obstante que previamente ya habían obtenido su designación y nombramiento mediante procesos desahogados conforme leyes anteriores que les generaron derechos adquiridos.

Se determina mediante los transitorios de esa reforma, darle efectos retroactivos a la misma y afectar los derechos adquiridos de toda la planta de juzgadores de no solamente el Poder Judicial de la Federación, sino la de todos los estados federados de la República Mexicana, con el evidente y perverso propósito del régimen dominante, de colocar en esas posiciones a juzgadores a modo que resuelvan las controversias sujetas a su potestad con criterios  también a modo de sus intereses, dinamitando así y destruyendo los principios de autonomía, independencia e imparcialidad que son necesarios para el correcto ejercicio de la labor jurisdiccional, pues un juzgador sin independencia, autonomía e imparcialidad, podrá ser todo menos juez, porque la labor del juzgador está concebida como la de un árbitro que no debe responder a los intereses de nadie, sino exclusivamente a la aplicación de las normas previamente aprobadas.

En ese sentido, frente a ese deber de empatar la legislación local a la federal, ahora cobra especial relevancia, como en pocas ocasiones, la actitud que habrá de asumir el Congreso del Estado de Chihuahua y la de quien “arredila” o pastorea a la mayoría de los diputados que lo integran, porque ahora con la suspensión concedida por las Juezas Tercero y Séptimo de Distrito en el Estado de Chihuahua, en sendos juicios de amparo colectivos, queda jurídicamente suspendida la posibilidad de realizar esas reformas locales y con ello también la posibilidad de celebrar los procesos de elección popular, impidiéndose así legalmente el dejarse sin efectos los nombramientos de quienes actualmente actúan como magistrados, consejeros y jueces del Poder Judicial del estado de Chihuahua.

Ojalá y la mayoría que integra el Congreso del Estado, no se doble ni se arrodille ante la presión que pueda ejercer el gobierno federal y ponga un ejemplo nacional de dignidad, garantizando el ejercicio de su autonomía y soberanía que le son propios a Chihuahua como entidad federada, y en esa medida cumpla puntualmente con la suspensión otorgada en los mencionados juicios de amparo hasta que se resuelva el fondo de los mismos, dejándose entre tanto intocado el sistema judicial en sus términos para que todos los que actualmente ejercen la actividad de juzgadores, continúen con sus derechos y labores legalmente asignadas.

¡Así, es cuanto!