Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó este miércoles la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) en el acuerdo INE/CG20/2021, por el cual aprobó la solicitud de registro al convenio de la coalición parcial Va por México (PRI, PAN y PRD) para postular 166 fórmulas de candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa, en el proceso electoral federal 2020-2021.
En sesión pública bajo el formato de videoconferencia, los magistrados de la Sala Superior coincidieron en que el INE fundó y motivó debidamente su resolución conforme a las normas aplicables a la formación de coaliciones político-electorales.
Además, consideraron que no se genera una confusión en el electorado, pues de un análisis de las denominaciones, los emblemas y las circunstancias del caso concreto, se concluye que existen suficientes elementos para diferenciar al partido Fuerza por México de la coalición parcial Va por México.
El 23 de diciembre de 2020, los representantes propietarios del PAN, PRI y PRD ante el Consejo General presentaron un escrito al INE por medio del cual solicitaron el registro del convenio de coalición parcial para postular fórmulas de candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa.
Sin embargo, el 19 de enero pasado, el partido Fuerza por México interpuso ante la oficialía de partes del INE un escrito de demanda en contra del acuerdo por la denominación de la coalición, pues estimó que puede generar una confusión con el nombre del partido Fuerza por México.
Al analizar los elementos, la Sala Superior consideró que, aunque es cierto que en las denominaciones del partido político Fuerza por México y la coalición parcial Va por México se incluyen elementos comunes, concretamente las palabras “por” y “México”, esos elementos son insuficientes para generar, de forma razonable, alguna confusión.
Juárez Hoy