Inicio País Invalida SCJN modificaciones a constitución de Coahuila relacionadas con grupos indígenas

Invalida SCJN modificaciones a constitución de Coahuila relacionadas con grupos indígenas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, invalidó un decreto que modificaba algunos párrafos, específicamente el tercer, cuarto, quinto y sexto del artículo 7º de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, publicado el 30 de septiembre de 2020.

La reforma impugnada regulaba diversas cuestiones relativas a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas asentadas en el estado, entre las cuales destacaba el reconocimiento de su existencia, derechos en general, personalidad, libre determinación, autonomía, desarrollo, e inclusión.

El Pleno determinó que, al incidir directamente en los derechos e intereses de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, existía la obligación de consultar a estos grupos previo a la expedición de la ley, de conformidad con los artículos 2° de la Constitución General y 6 del Convenio 169 de la OIT, lo cual no fue llevado a cabo conforme a los parámetros y características previamente establecidos por la SCJN en precedentes.

La declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a los dieciocho meses siguientes a la notificación de los puntos resolutivos de la sentencia al Poder Legislativo del Estado, el cual, dentro del referido plazo, previo desarrollo de las respectivas consultas a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, deberá legislar en la materia contenida en el decreto invalidado.

Juárez Hoy