En sesión del pleno del tribunal celebrada este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Gobierno Federal puede disponer del agua de la presa La Boquilla, en Chihuahua, para cumplir con el tratado internacional que en la materia tienen México y Estados Unidos.
Tras analizar la controversia constitucional promovida por el municipio de Cusihuiriachi, Chihuahua, la SCJN decidió reconocer la validez del acto consistente en las órdenes del Ejecutivo federal de disponer del agua almacenada en la presa “La Boquilla”, pues señala que la disposición de recursos hídricos para dar cumplimiento a un tratado internacional es un acto concreto de dominio sobre dichas aguas, que es una atribución exclusiva del Ejecutivo federal y no requiere participación de las autoridades estatales o municipales para ser tomada ni ejecutada.
En la sesión pasada, la SCJN determinó que el Congreso de la Unión incurrió en omisión legislativa de carácter absoluto en competencias de ejercicio obligatorio, al no haber emitido la Ley General de Aguas a que se refiere el artículo 4°, párrafo sexto, constitucional, en relación con el tercer transitorio del decreto que dio origen a dicha disposición, publicado el 8 de febrero de 2012.
Además, en esa misma sesión determinó sobreseer en la controversia constitucional respecto de: i) la omisión de reglamentar adecuadamente la Ley de Aguas Nacionales; ii) el Acuerdo de inicio de emergencia por sequía para dos mil veinte; y, iii) la utilización de la Guardia Nacional para disponer de las aguas de la presa “La Boquilla”.
En consecuencia, como parte de los efectos, la SCJN conminó al Congreso de la Unión a emitir la Ley General de Aguas durante su próximo periodo ordinario de sesiones. Por último, el Pleno reiteró las decisiones antes precisadas al resolver las controversias constitucionales promovidas por los municipios de Aquiles Serdán, Namiquipa, Manuel Benavides, Balleza, Huejotitán y Buenaventura, todos del estado de Chihuahua.
Juárez Hoy