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Comunidades autónomas

Jorge Quintana.- La familia LeBarón está solicitando a la Titular del Ejecutivo Estatal se les conceda la autonomía para organizarse y decidir el rumbo de su comunidad, esto es, que ellos designen sus autoridades y reglas vecinales de convivencia, además de otras pretensiones que aún no conocemos.

No conozco en nuestro estado alguna comunidad que haya logrado ese objetivo, menos que se autogobiernen,

El Estado de Derecho implica que todos los gobernados sean sujetos y objeto de autoridad estatal y municipal, de manera general, sin distingos de raza, credo o alguna otra condición especial, por lo que ceder ante tal solicitud, sería ceder a las responsabilidades y deberes de la autoridad y permitir una forma de gobierno distinta a la que se aplica a todos los chihuahuenses.

¿Cuál es la diferencia de los habitantes de esa comunidad con el resto de los habitantes del Estado?

Porque de ser así, también las comunidades indígenas y menonitas apelarían a esa distinción, o mejor dicho, a esa exclusividad, lo que desmembraría el sentido fundamental del ser chihuahuense, vaya despropósito constitucional.

Hay que encontrar en los propósitos y fines constitucionales de nuestra Carta Magna Estatal, para responder a la solicitud de separación o exclusión de las leyes fundamentales para esa comunidad.

Quien elige un territorio para vivir y desarrollarse como persona y sociedad, se sujeta a las leyes que regulan ese territorio, por lo que no les está facultado elegir su forma de gobierno, menos sus propias reglas de convivencia.

Es conocido el origen del asentamiento de la comunidad LeBarón en nuestro Estado y por lo tanto, permitir que ellos designen o elijan a sus autoridades es violentar la Constitución Política del Estado y la organización territorial que se contiene en dicho documento normativo.

Más temprano que tarde veríamos a las demás comunidades de indígenas, menonitas y otras exigir el mismo trato por parte de la autoridad estatal.

En el proceso de construir una nueva Constitución en Chihuahua, es en donde deben dirimir y aclararse estas controversias y compete a los poderes legislativos Nacional y Estatal resolver estas propuestas.

Permitir la autonomía comunitaria no es una tarea simple de política social, es replantear los principios fundamentales de la estructuración del Estado.

Así que, tomemos con responsabilidad y sobre todo con seriedad la solicitud de autogobierno, que de por sí es crear comunidades de excepción en la sociedad chihuahuense.