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Aprueban diputados “vivienda adecuada”

México- Tras considerar que en México el 38.4% de la población habitad en viviendas no adecuadas y 48 millones viven en hacinamiento, la Cámara de Diputados aprobó la reforma constitucional propuesta por la legisladora chihuahuense Lilia Aguilar Gil (Partido del Trabajo), la cual sustituye familia por “persona” y vivienda digna y decorosa por “vivienda adecuada”.

“Lo anterior quiere decir que las personas, tengan o no familia o formen o no parte una de ellas, pueden acceder a créditos de vivienda. En el caso de vivienda adecuada, esto tiene que ver con la seguridad de la tenencia, disponibilidad de servicios, materiales, instalaciones e infraestructura, asequibilidad, habitabilidad, accesibilidad, ubicación y adecuación cultural”, explicó. 

La legisladora explicó que “digna y decorosa”, es una concepción completamente subjetiva que facilitó que se desarrollaran viviendas de 50 o 60 metros, completamente alejadas de lugares de trabajo, carentes de servicios y transporte.

“En México, 38.4 % de la población habita en viviendas no adecuados, 9 millones de viviendas en este país son inadecuadas, 48 millones de personas viven en hacinamiento, 14 millones de viviendas tienen rezago asociado con el nivel de ingreso, 8 de cada 10 viviendas se construyeron en polígonos que no debieron haberse construido y que fueron permitidas por las autoridades y 30 millones de personas viven en estado de irregularidad”, dijo la legisladora en tribuna.

Aguilar Gil indicó que las características para definir una vivienda adecuada son: 

• Seguridad de la tenencia. Condiciones que garanticen a sus ocupantes protección jurídica contra el desalojo forzoso, el hostigamiento y otras amenazas.

• Disponibilidad de servicios, materiales, instalaciones e infraestructura. Contempla la provisión de agua potable, instalaciones sanitarias adecuadas, energía para la cocción, la calefacción y el alumbrado, así como para la conservación de alimentos y eliminación de residuos.

• Asequibilidad. El costo de la vivienda debe ser tal que todas las personas puedan acceder a ella sin poner en peligro el disfrute de otros satisfactores básicos o el ejercicio de sus derechos humanos.

• Habitabilidad. Son las condiciones que garantizan la seguridad física de sus habitantes y les proporcionan un espacio habitable suficiente, así como protección contra el frío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento u otros riesgos para la salud y peligros estructurales.

• Accesibilidad. El diseño y materialidad de la vivienda debe considerar las necesidades específicas de los grupos desfavorecidos y marginados, particularmente de personas con discapacidad. 

• Ubicación. La localización de la vivienda debe ofrecer acceso a oportunidades de empleo, servicios de salud, escuelas, guarderías y otros servicios e instalaciones sociales, y estar ubicada fuera de zonas de riesgo o contaminado.

• Adecuación cultural. Es una vivienda adecuada si su ubicación respeta y toma en cuenta la expresión de identidad cultural.

El dictamen pasará al Senado de la República para su discusión y aprobación.