Marcos Barraza Urquidi.- Como Cuba, Venezuela, la URSS, China y Corea del Norte, la nueva Constitución que propone MORENA elimina la propiedad privada; esto es, usted que construyó su casa o estuvo trabajando 20 o 30 años para pagarla, ya no será el propietario, sino el gobierno.
Ahora va a ser concesionario de su casa y el dueño el gobierno, esto es, el político en turno. Pero no se asuste, no lo sacarán de su casa, a menos que le guste a alguien del partido.
Lo mismo su empresa, que pasará a ser de los políticos, pero tampoco se preocupe porque le podrán dar trabajo en la empresa que construyó, aunque con el mismo sueldo de los demás y un comité elegirá quien la dirige.
No es chisme. La Constitución de la República Federal y Pluricultural de México está en la página de la candidata de Morena y en muchas otras páginas le recomiendo que lea estos artículos:
Artículo 135. Territorio nacional y concesiones de propiedad
La Nación es la propietaria de todo el territorio nacional, el cual se fracciona para concesionar en propiedad su uso estable y racional a individuos y colectivos.
Como siempre ha hecho el socialismo, se roban todo a los países donde llega, pero les permiten a sus vasallos obedientes usar sus casas. Eso de cómo les roba la casa sin que protesten lo explica ampliamente en este artículo.
Artículo 139. Concesiones de propiedad habitacional. Todos los mexicanos tienen derecho a ser titulares de la concesión de propiedad de una casa habitación, de manera individual o compartida, considerando al menos 40 metros cuadrados por habitante, sean niños o personas adultas.
Todas las casas y departamentos habitacionales en uso serán asignados como concesión de propiedad a sus usuarios con antigüedad mayor a un año.
Las concesiones de propiedad de terreno o casa habitación solamente podrán revocarse por decreto especial en atención al superior interés de la Nación, asignando al usuario otro espacio de la misma calidad y tamaño o, si lo prefiere, la indemnización equivalente para que pueda comprar una concesión de propiedad similar a otro particular.
Las propiedades de terrenos, casas, construcciones y todo tipo de inmuebles previas a la entrada en vigencia de esta Constitución, son válidas como concesiones de propiedad. Las concesiones de propiedad de casa habitación pueden ser vendidas y compradas libremente en los precios acordados por vendedor y comprador, manteniendo su uso para fines habitacionales, tomando como referencia el precio o avalúo particular y el asignado por el consejo municipal de economía equitativa respectivo.
Los titulares de una concesión de propiedad de terreno o casa habitación podrán mejorar o remodelar la construcción, considerando sus aportaciones en el precio respectivo del inmueble.
En caso de fallecimiento del o de los titulares de una casa habitación, sus descendientes tendrán prioridad para que se les asigne la concesión de propiedad con fines habitacionales o para recibir la indemnización correspondiente para que puedan comprar otra concesión similar. La ley establecerá la manera en que se hará la asignación o la distribución de la indemnización en caso de que varios descendientes tengan derecho.
Ya no eres el dueño de tu casa, pero tienes el derecho a ser el titular de la concesión de la que fue tu casa. ¿Ves qué buena onda son? Pero ojo, si tienes más de 40 metros por habitante te pueden meter una familia a convivir contigo. Los detalles de cómo lo hacen lo pueden ver en Doctor Zhivago, ya sea en la película o en el libro del mismo nombre.
SI tienes un negocio y eres un perverso rico capitalista no te va a ir tan bien ni aun estando con Morena. Hoy los grandes empresarios que apoyaron a Chávez están manejando un UBER en Estados Unidos.
Artículo 140. Concesiones de propiedad para empresas e instituciones.
Las concesiones de propiedad de inmuebles para empresas o instituciones son asignadas por tiempo indefinido, a personas, colectivos o cooperativas que las compren, pero, en caso de fallecimiento, sus descendientes o familiares no tendrán derecho sobre el inmueble mayor al que corresponda a otros colaboradores de la empresa e institución.
Si el titular de una empresa o institución fallece, la concesión de propiedad podrá ser reasignada a quienes colaboren en la empresa o institución, con derechos proporcionales a su aportación laboral, de acuerdo con lo que establezca la ley.
Pero si te vas de vacaciones y dejas abandonada tu casa, la puedes perder; basta con solo que un testigo diga que tienes 3 años fuera y te quedas a dormir en la calle.
Artículo 141. Inmuebles ociosos.
Los espacios que permanezcan sin uso por más de tres años podrán ser recuperados por el consejo técnico municipal de economía equitativa para ser asignados en concesión de propiedad a nuevos usuarios. La ley regulará que nadie acumule concesiones de propiedad ociosas o excesivas.
Así que si tienes dos casas eres un perverso acumulador y te quitan las excedentes a tus 40 metros que te corresponden por la generosidad de gobierno.
Pero si les gusta tu casa o negocio, te la roban o confiscan, para que se oiga más bonito, pero como Maduro ya gastó mucho la palabra de “confísquese”, ahora al robo le dicen reasignación. Son rateros, pero elegantes. ¡Faltaba más!
Artículo 142. Reasignación de concesiones de propiedad
Las leyes de la Federación y de las entidades federativas en sus respectivas jurisdicciones, determinarán los casos en que sea de utilidad pública la reasignación de concesiones de propiedad para el uso de terrenos e inmuebles; de acuerdo con la ley, la asamblea política respectiva hará la declaración correspondiente.
El precio que se fijará como indemnización como efecto de la reasignación concesionaria, se basará en la cantidad que establezcan las oficinas catastrales o recaudadoras, ya sea que ese valor haya sido manifestado por el concesionario o simplemente aceptado por él de un modo tácito por haber pagado sus contribuciones con esta base.
El exceso de valor o el demérito que haya tenido el inmueble por las mejoras o deterioros ocurridos con posterioridad a la fecha de la asignación del valor fiscal, debe ser lo único que deberá quedar sujeto a juicio pericial y a resolución judicial.
Esto mismo se observará cuando se trate de objetos cuyo valor no esté fijado en las oficinas catastrales. El ejercicio de las acciones que corresponden a la Nación, por virtud de las disposiciones anteriores, se hará efectivo por el procedimiento judicial; pero, dentro de este procedimiento y por orden del consejo de justicia correspondiente, que se dictará en el plazo máximo de un mes, la asamblea política municipal, estatal o nacional, según corresponda a su jurisdicción, procederá desde luego a la ocupación, administración o reasignación de las tierras o aguas de que se trate y todas sus accesiones, sin que en ningún caso pueda revocarse lo hecho antes de que se dicte sentencia.
Esto debería de poner en alerta a los empresarios morenos, pero históricamente los empresarios que apoyan a las dictaduras socialistas lo hacen por los negocios que tienen con el gobierno o por ser envidiosos y resentidos. “No importa que se queme mi casa, pero que se queme la del vecino”.
A los venezolanos se les advirtió una y mil veces, pero jamás entendieron. “Estados Unidos no permitiría tener un estado comunista tan cerca de sus fronteras”. Hoy buscan comida en los botes de la basura y algunos caminan miles de kilómetros huyendo del paraíso comunista venezolano para refugiarse en el capitalismo salvaje.
Decía Einstein que la definición de estúpido era aquella persona que hace lo mismo y espera resultados diferentes. El socialismo marxista ha fracasado en el 100% de los lugares donde se ha implementado y este fracaso ha sido en lo económico, político y social, con un costo de más de 170 millones de vida, pero en México tenemos muchos estúpidos que piensan que aquí será diferente.